martes, 30 de enero de 2018

Los servidores públicos que manejan y custodian las cajas menudas deben ser muy cuidadosos con su labor, ya que son quienes fungen como autorizantes y custodios de estos fondos públicos.

La Contraloría General de la República tiene establecido un manual de procedimientos para el uso y manejo de las cajas menudas en las entidades públicas, mediante el cual se busca reglamentar el uso de este tipo de fondos, a fin de que tales actos se realicen con corrección y según lo establecido a las normas jurídicas respectivas.

En las instalaciones de la Dirección General de Carrera Administrativa, tuvo lugar esta capacitación sobre el “Uso y manejo de los fondos de la caja menuda”. El licenciado Cristian Fonseca del departamento de Fondos y Bienes Públicos de la Contraloría General de la República, fue el facilitador de esta jornada, la cual contó con la participación de cuarenta y nueve servidores públicos pertenecientes a distintas entidades estatales, entre las cuales podemos mencionar las siguientes: Servicio Nacional de Migración, Ministerio de Ambiente, Órgano Judicial, Autoridad Nacional de Aduanas, Municipio de San Miguelito, Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, Banco Hipotecario Nacional, Autoridad de Aeronáutica Civil, Zona Libre de Colón, Superintendencia de Bancos de Panamá, entre otras.

Las cajas menudas son sumas de dinero fijas en efectivo, provistas a oficinas públicas a solicitud de estas. Se reembolsan de fondos bancarios institucionales, no obstante,  el proceso de desembolso y reembolso requieren de afectación presupuestaria y financiera (afectación contable) para su ejecución.

En esta jornada trataron temas relativos a cajas menudas tales como: Concepto, Objetivos, Objetivos de los Procedimientos, Características, Medidas de Control Interno, Gastos Aplicables, Procedimientos y Formularios.

Entre las características de los fondos de las cajas menudas podemos mencionar las siguientes: se manejan únicamente en efectivo, se originan y reembolsan de fondos institucionales, están sujetos a la duración de un programa o proyecto, su apertura debe ser solicitada a través de nota dirigida al Contralor General de la República, se destinan para la compra de bienes y pago de servicios imprevistos y ocasionales, y por último constituyen un monto fijo de dinero, que se reembolsa según se haya utilizado. 

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