jueves, 01 de febrero de 2018

La propuesta normativa presentada del Manual Técnico de Reclutamiento y Selección, se viene trabajando desde junio de 2017, debido a que producto de las reformas realizadas en la Ley 23 del 12 de mayo de 2017, era necesario realizar ajustes y cambios al reglamento vigente.

En la Casa Amarilla del Ministerio de la Presidencia, la Dirección General de Carrera Administrativa, a través de la Dirección de Administración de Recursos Humanos y el Departamento de Reclutamiento y Selección, presentó ante 120 servidores públicos, entre los que se encontraban: Directores, Jefes y Analistas de las distintas Oficinas Institucionales de Recursos Humanos del Estado, la Propuesta Normativa del Manual Técnico de Reclutamiento y Selección.

A esta actividad asistieron el licenciado David Montenegro,  director general de Carrera Administrativa, y la licenciada Elisa Álvarez, directora de Administración de Recursos Humanos, en compañía del equipo de trabajo del Departamento de Reclutamiento y Selección de la DIGECA.

Los cambios a la legislación en materia de Carrera Administrativa, establecen medidas que fortalecen el Sistema de Recursos Humanos del Estado, asegurando la eficacia y eficiencia en el servicio público, la equidad en las condiciones de trabajo de los servidores públicos y el cumplimiento del sistema de méritos e igualdad de oportunidades.

El artículo 2, de la Ley 23 de 12 de mayo de 2017, establece que el artículo 62 de la Ley 9 de 1994,  quedó de la siguiente forma: Las convocatorias para la aplicación del Procedimiento Ordinario de Ingreso se llevarán a cabo por Convocatoria Pública. La institución que requiera establecer la convocatoria, en coordinación con la Dirección General de Carrera Administrativa, determinará si la selección se efectuará por medio de concurso de antecedentes o examen de libre oposición.

De igual manera, el artículo 25 de la citada ley, establece que: A partir del 2 de enero de 2017 y según lo establecido por el Órgano Ejecutivo, se aplicará el Proceso Ordinario de Ingreso en las instituciones del Estado. Hasta el 29 de junio de 2018, se podrá nombrar a servidores públicos en cargos definidos como de Carrera Administrativa sin utilizar el Procedimiento Ordinario de Ingreso (POI), ni el Proceso Especial de Ingreso (PEI). Estos servidores públicos tendrán calidad de personal permanente.

La Ley 23 de 12 de mayo de 2017, establece el ingreso al Régimen de Carrera Administrativa, mediante los concursos respectivos, el Procedimiento Ordinario de Ingreso (POI) o por medio de Concurso, pilar fundamental en la profesionalización del servicio público, a partir del 2 de julio de 2018, el único método de ingreso a puestos permanentes en el Estado.

Las etapas establecidas del proceso en los concursos para ingreso son las siguientes: Reclutamiento de Personal, Convocatoria Pública, Apertura de los Concursos, Selección de Personal y Nombramiento en cargos de Carrera Administrativa. Estos procedimientos establecidos son de aplicación obligatoria en el Proceso de Reclutamiento y Selección, para la ejecución de los Concursos de Ingresos.

Cabe señalar que durante su intervención el licenciado Montenegro,  comunicó a los asistentes que el Centro de Atención Ciudadana (311),  estará implementando un servicio de atención,  con la finalidad de cambiar la imagen que mantiene la ciudadanía sobre la atención al usuario que  brindan en las instituciones estatales. Mediante esta línea los ciudadanos podrán manifestar tanto quejas, como sugerencias sobre la atención recibida.

Para concluir, la DIGECA está ofreciendo a las instituciones públicas, un servicio de atención para la Aplicación de Pruebas Psicolaborales, para que puedan seleccionar al recurso humano idóneo, según perfil del cargo requerido para cada puesto. A su vez, se estará realizando una Jornada de Divulgación dirigida a Analistas de Recursos Humanos sobre las adecuaciones al "Manual de Normas y Procedimientos para el Reclutamiento y Selección en el Sector Público".

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